Tribunal Constitucional ratifica sentencia contra paro de docencia en Barahona

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El Tribunal Constitucional confirmó la sentencia dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia de Barahona el 21 de marzo de 2017 contra el Comité Ejecutivo de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), seccional Barahona, por las suspensión de docencia en ese municipio.

En la sentencia de primer grado, el tribunal ordenó “al Comité Ejecutivo de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), Seccional Barahona, presidido por Miguel Ángel Feliz, e integrado por Ángel Medina, Julio Samboy, Milagros Tavares, Domingo Batista, Carmen Reyes, David Corniel, José Ramón Ramírez, Keny Montilla, Vicenta Urbáez y Daneyce Luz Valdo Pérez, a levantar en lo inmediato la suspensión de la docencia que empezó el 16 de enero del 2017 y a convocar a la clase magisterial e integrarse a su labor docente en los distintos centros educativos que le son vinculados”.

Igualmente les impuso el pago de un astreinte de RD$50,000 a la seccional de Barahona de la ADP por cada día que incumplan con levantar un paro de docencia. Argumentó que el conflicto “que los ha llevado a la huelga es entre el gremio y el Ministerio de Educación, y los estudiantes no deben ser un medio para solucionarlo”.

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