El RST elimina anticipo y las declaraciones mensuales de ITBIS

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El presidente de la República, Danilo Medina, dictó ayer, mediante el decreto 265-1-, el reglamento sobre Régimen Simplificado de Tributación (RST) aplicado a personas físicas y jurídicas cuyos ingresos no sobrepasen los RD$8.7 millones en ventas.

También será de beneficio para personas físicas y jurídicas o comerciantes cuyas compras no sobrepasen los 40 millones durante el año fiscal.

Este régimen entrará en vigor a partir del ejercicio fiscal 2019, aclara el artículo 23 de decreto 265-19. Otra de las disposiciones transitorias establece que los contribuyentes acogidos al Procedimiento Simplificado de Tributación (PST) establecido en el reglamento 758-08 que cumplan con las disipaciones del presente reglamento serán incluidas de oficio por la administración tributaria al RST, pudiendo estos optar por ser excluidos de este régimen en todo momento.

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